LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

La convivencia escolar se construye a través de las relaciones que se producen entre todas las personas que forman parte de la comunidad educativa. Será positiva si esta construcción se realiza desde el respeto, la aceptación de las diferencias y de las opiniones de todos en un plano de igualdad. Esta construcción debe favorecer la resolución de los posibles conflictos, desacuerdos, tensiones o disputas de manera pacífica.
Aprender a convivir es un aprendizaje en sí mismo que sirve, además, para mejorar y potenciar los aprendizajes académicos.

FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA.

a) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia y el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de conflictos.
b) Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del centro.
c) Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas.
d) Mediar en los conflictos planteados.
e) Ofrecer una atención específica al alumnado que, por diversas causas, presente comportamientos que alteren la convivencia en el centro y a aquel otro alumnado que padece sus consecuencias.
f) Conseguir la integración de todo el alumnado sin discriminación por razón de raza, sexo, cultura o edad.

g) Fomentar la existencia de actividades, espacios y tiempos comunes para facilitar la convivencia entre el alumnado.
h) Educar para la paz, el respeto a los otros, la cohesión social, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.
i) Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas. La jefatura del departamento será informada de las correcciones impuestas por la Jefatura de Estudios y la Dirección por si, por la reiteración de la aplicación de estas medidas, pudiera determinarse la imposición de otras correcciones.
j) Colaborar con las distintas jefaturas de estudios asesorando sobre las medidas disciplinarias a aplicar al alumnado que haya contravenido las normas de convivencia.
k) Crear y difundir campañas de prevención.
l) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia del centro.
m) Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
n) Elaborar y realizar el seguimiento de los compromisos de convivencia que pudieran ser suscritos en el centro.
o) Adoptar medidas en aquellos conflictos en los que la Dirección y/o la Jefatura de Estudios requieran su intervención.
p) Recurrir a otros miembros o profesionales especializados en la atención educativa, como, entre otros, el Departamento de Orientación, cuando la naturaleza de la actuación emprendida así lo requiera.